Primero se renueva la autorización de residencia y después la tarjeta. La autorización se renueva con su formulario (EX-03 en residencia y trabajo por cuenta ajena, EX-01 en no lucrativa, EX-02 en reagrupación familiar) y la tasa 790-052 de su epígrafe. Cuando te notifican la renovación, la nueva TIE se pide con el EX-17 y la tasa 790-012.
Formulario y tasa según tu caso
Plazos, requisitos y documentación en renovar la autorización de residencia y renovar la TIE. Importes de la Policía en tasas de extranjería.
| Caso | Formulario | Tasa |
|---|---|---|
| Nueva TIE tras la renovación | EX-17 | 790-012 (TIE que documenta la renovación) |
| Residencia y trabajo por cuenta ajena | EX-03 | 790-052, epígrafe 2.2.3, y 790-062, epígrafe 3.2.2 (empleador) |
| Residencia no lucrativa | EX-01 | 790-052, epígrafe 2.2.1 |
| Reagrupación familiar | EX-02 | 790-052, epígrafe 2.2.2 |
Pérdida, robo o deterioro
Si necesitas una tarjeta nueva porque la has perdido o te la han robado, no es una renovación. La Policía no publica en su página de tasas el formulario y el concepto de este supuesto, así que el asistente no los indica: consúltalo en la Oficina de Extranjería o Comisaría.
Preguntas frecuentes
¿Qué se renueva primero, la TIE o la autorización?
La autorización. La TIE se pide después, cuando te notifican la renovación favorable.
¿Cuándo pido la renovación de la autorización?
En los dos meses anteriores a la caducidad; también en los tres meses posteriores, con posible sanción.
¿Quién paga el 790-062?
En la renovación de residencia y trabajo por cuenta ajena lo paga el empleador.