Modelo Estatal

Modelo EX-03

El modelo EX-03 es el formulario oficial para solicitar la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena. Lo presenta el empleador que quiere contratar a una persona extranjera.

Respuesta rápida

El EX-03 («Formulario autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena o autorización de trabajo por cuenta ajena») lo firma y presenta la empresa, por vía telemática (plataforma Mercurio). Se exige, entre otras cosas, que la situación nacional de empleo permita la contratación, un contrato firmado y que la empresa esté al corriente con Hacienda y la Seguridad Social. La Administración resuelve en tres meses.

Quién lo presenta

El empleador o empresario, personalmente o a través de quien tenga su representación legal, para contratar a una persona extranjera mayor de 16 años por más de 90 días y menos de cinco años.

Requisitos principales

  • Que la situación nacional de empleo permita la contratación: ocupación del catálogo de difícil cobertura del SEPE, dificultad acreditada para cubrir el puesto (con oferta en Empléate y los servicios de empleo), nacionales de Chile o Perú, o un supuesto del artículo 40 de la Ley Orgánica 4/2000.
  • Contrato firmado por empresa y trabajador que garantice actividad continuada; si es a tiempo parcial, retribución igual o superior al SMI a jornada completa en cómputo anual.
  • Empresa inscrita en la Seguridad Social y al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, con medios suficientes.
  • El trabajador: sin antecedentes penales en los últimos cinco años, no estar en España en situación irregular y tener la cualificación exigida.

Tasas y plazos

Después del alta, el trabajador pide la tarjeta de identidad de extranjero (TIE) en el plazo de un mes.

ConceptoQuién paga / plazo
790 código 052, epígrafe 2.1.3La persona trabajadora, en 10 días hábiles
790 código 062, epígrafe 3.2.1 (autorizaciones de 6 meses o más)El empleador, en 10 días hábiles
ResoluciónTres meses; sin respuesta, desestimada
VisadoPedirlo en un mes desde la notificación al empleador
Alta en la Seguridad SocialEn tres meses desde la entrada en España