Trámite Estatal (gestión autonómica)

Bono alquiler joven

El Bono Alquiler Joven del plan 2022-2025 ha dado paso, en el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030, a una ayuda al alquiler para la emancipación de las personas jóvenes. La convoca y paga cada comunidad autónoma.

Respuesta rápida

El RD 326/2026 crea una ayuda al alquiler para jóvenes de hasta 35 años con rentas de hasta 5 veces el IPREM: hasta 300 € al mes por una vivienda (200 € por una habitación), con el límite del 60 % del alquiler. El alquiler no puede superar 1.000 € (600 € la habitación; 500 € y 250 € en municipios de hasta 10.000 habitantes). Se concede por dos años, prorrogables otros dos, y puede tener efectos desde el 1 de enero de 2026. Se pide en la convocatoria de tu comunidad autónoma.

Del Bono Alquiler Joven a la ayuda para la emancipación

El Bono Alquiler Joven se reguló en el Real Decreto 42/2022 junto con el Plan Estatal 2022-2025. El nuevo Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 (Real Decreto 326/2026) incluye una «ayuda al alquiler para la emancipación de las personas jóvenes», que es la vía actual para los jóvenes que alquilan.

Las ayudas de esta línea pueden concederse con efectos desde el 1 de enero de 2026. Las comunidades autónomas y Ceuta y Melilla hacen convocatorias abiertas de forma continuada y pagan la ayuda periódicamente.

Requisitos

  • Ser mayor de edad y tener 35 años o menos al pedirla.
  • Tener (o estar en condiciones de firmar en dos meses) un contrato de alquiler o cesión de vivienda o habitación.
  • Que sea tu residencia habitual, acreditada con el certificado o volante de empadronamiento.
  • Rentas anuales de hasta 5 veces el IPREM (5,5 con discapacidad del 33 % o ser hijo de víctima de violencia de género; 6 con discapacidad del 65 %).
  • Alquiler máximo de 1.000 € (vivienda) o 600 € (habitación); 500 € y 250 € en municipios de 10.000 habitantes o menos. Las comunidades pueden subir estos límites con acuerdo del Ministerio.

Cuánto y durante cuánto tiempo

Se concede por dos años y la comunidad puede prorrogarla hasta otros dos si sigues cumpliendo los requisitos.

Tipo de alquilerAyuda máximaLímite
Vivienda300 € al mes60 % del alquiler
Habitación200 € al mes60 % del alquiler

Quién no puede pedirla y compatibilidad

  • Ser propietario o usufructuario de una vivienda en España (salvo que no puedas disponer de ella por separación o divorcio, otra causa ajena a tu voluntad o por ser inaccesible por discapacidad).
  • Tener parentesco de primer o segundo grado con el arrendador.
  • Ser socio o partícipe de la persona o empresa arrendadora (salvo cooperativas de cesión de uso sin ánimo de lucro).

No es compatible con otras ayudas al alquiler del Plan ni de comunidades, ayuntamientos u otras administraciones, salvo excepciones para colectivos especialmente vulnerables.

Si cambias de casa dentro de la misma comunidad, comunícalo en 15 días desde el nuevo contrato. Si no eres joven o superas la edad, mira la ayuda general al alquiler.

Bono alquiler joven por comunidad autónoma

Cada guía explica la convocatoria vigente o la última publicada en esa comunidad, con enlace a su página oficial.

Preguntas frecuentes

¿Sigue existiendo el Bono Alquiler Joven de 250 €?

Era la ayuda del plan 2022-2025. En el Plan Estatal 2026-2030 la ayuda equivalente para jóvenes es la de emancipación, de hasta 300 € al mes. Consulta la convocatoria de tu comunidad.

¿Dónde se solicita?

En la convocatoria de tu comunidad autónoma o de Ceuta o Melilla, que son quienes la gestionan y pagan.

¿Puedo pedirla si alquilo una habitación?

Sí: hasta 200 € al mes, con el límite del 60 % del precio, si la habitación no supera 600 € (250 € en municipios pequeños).

¿Cuenta mi empadronamiento?

Sí, la residencia habitual se acredita con el certificado o volante de empadronamiento. Ver empadronarse.

¿Es compatible con otras ayudas al alquiler?

No, salvo excepciones para colectivos vulnerables. Sí puede ser compatible con ayudas que no sean para el alquiler.

Checklist para preparar el trámite