La Comunidad de Madrid concede el Bono Alquiler Joven por concesión directa (Acuerdo de 26 de diciembre de 2024, al amparo del RD 42/2022) a jóvenes de 18 a 35 años con ingresos de hasta 3 veces el IPREM y un alquiler de hasta 600 € al mes (300 € la habitación), o hasta 900 € (450 €) en una lista de municipios, entre ellos Madrid capital. En septiembre de 2026 publicó la lista definitiva de la tercera fase y abrió el plazo de aportación de documentos hasta el 14 de octubre. Consulta en su sede si admite nuevas solicitudes.
Estado del Bono Alquiler Joven en Madrid
La Comunidad gestiona el bono del Plan Estatal 2022-2025 (Real Decreto 42/2022) mediante concesión directa, autorizada por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 26 de diciembre de 2024.
El 22 de septiembre de 2026 publicó la lista definitiva de beneficiarios de la tercera fase y abrió un plazo de aportación de documentos del 23 de septiembre al 14 de octubre de 2026. Las nuevas ayudas para jóvenes del Plan Estatal 2026-2030 se explican en bono alquiler joven.
Requisitos
- Tener entre 18 y 35 años (ambos incluidos) al solicitarlo y nacionalidad española o residencia legal.
- Ser titular (o estar en disposición de firmar) un contrato de alquiler de vivienda, de cesión de uso o de habitación, que sea tu residencia habitual.
- Ni tú ni tus convivientes podéis ser propietarios o usufructuarios de una vivienda en España, salvo excepciones (parte heredada, separación o divorcio, discapacidad o causa ajena a tu voluntad).
- Sin parentesco de primer o segundo grado con el casero ni ser su socio o partícipe.
- Ingresos anuales de hasta 3 veces el IPREM.
¿De quién se cuentan los ingresos?
Se suman los de todas las personas que viven en la vivienda. Solo cuentan los tuyos si alquilas una habitación o si, alquilando la vivienda, tus convivientes no son familia de primer grado o todos tienen 35 años o menos. Por eso, varios jóvenes que comparten piso pueden pedirlo cada uno.
Alquiler máximo
La lista completa de municipios con límite de 900 € figura en la ficha oficial de la sede de la Comunidad de Madrid.
| Ubicación | Vivienda | Habitación |
|---|---|---|
| General | 600 € al mes | 300 € al mes |
| Municipios de la lista oficial (entre ellos Madrid, Alcalá de Henares, Getafe, Leganés, Móstoles, Fuenlabrada o Alcobendas) | 900 € al mes | 450 € al mes |
Documentación
- Permiso de residencia, si no eres ciudadano de la UE.
- Contrato de alquiler o cesión.
- Volante o certificado de empadronamiento colectivo con la fecha de alta de cada persona (ver certificado de empadronamiento en Madrid).
- Justificantes de pago del alquiler desde enero de 2024.
- Vida laboral o certificado de la mutualidad.
- Notas del Registro de la Propiedad de los empadronados mayores de 18 años.
- Anexos I (convivientes) y II (autorización) de la solicitud.
La Comunidad puede consultar tu NIF o NIE, tu vida laboral y tu declaración de la renta si no te opones o lo autorizas.
Cómo se tramita
- Solicitud por internet con tu Cuenta Digital (los convivientes pueden firmar electrónicamente) o presencial si no estás obligado a relacionarte electrónicamente.
- Subsanación de defectos en 10 días hábiles y publicación de la lista de beneficiarios.
- Presentación anual de los justificantes de pago y, tras su revisión, pago de las mensualidades justificadas.
- Plazo máximo de resolución de 6 meses; sin respuesta, se entiende desestimada.
Para dudas, la Comunidad atiende en el 012. Si no cumples la edad, revisa la ayuda general al alquiler.
Preguntas frecuentes
¿Está abierto el Bono Alquiler Joven en Madrid?
En 2026 la Comunidad está resolviendo fases del bono del RD 42/2022 (la tercera, en septiembre). Comprueba en su sede si admite nuevas solicitudes.
¿Cuál es el alquiler máximo en Madrid capital?
Madrid está en la lista de municipios con límite de 900 € al mes (450 € la habitación).
¿Podemos pedirlo dos compañeros de piso?
Sí, si no sois familia de primer grado o todos tenéis 35 años o menos: cada uno puede pedirlo con sus propios ingresos.
¿Qué empadronamiento piden?
Un volante o certificado colectivo con la fecha de alta de cada persona en la vivienda.
¿Se paga tasa?
No, el trámite no tiene tasa.