Trámite Municipal (normativa estatal)

Empadronarse en un municipio

Toda persona que vive en España debe estar inscrita en el Padrón del municipio donde reside habitualmente. El alta se pide en el ayuntamiento y es gratuita; implica la baja automática en el municipio anterior.

Respuesta rápida

Pide el alta en el ayuntamiento donde vives (por escrito o por los medios electrónicos que tenga) con tu documento de identidad en vigor y un documento que pruebe que vives en la vivienda: escritura, contrato de alquiler con el último recibo u otros que el ayuntamiento acepte. Si en la casa ya hay personas empadronadas, basta la autorización por escrito de un mayor de edad empadronado allí que tenga título sobre la vivienda.

Quién debe empadronarse y dónde

  • Toda persona que vive en España, en el municipio donde reside habitualmente.
  • Si vives en varios municipios o domicilios, solo en el que habitas más tiempo al año.
  • Los menores no emancipados, con los progenitores que tienen su guarda o custodia (salvo autorización para residir en otro domicilio).
  • Darse de alta en un municipio supone la baja automática en el anterior o en el Registro de Matrícula Consular.

Documentación de identidad

  • Españoles: DNI en vigor.
  • Ciudadanos de la UE, el EEE o Suiza: el NIE del certificado de registro de ciudadano de la Unión o, en su defecto, el documento de identidad o pasaporte de su país.
  • Resto de extranjeros: preferentemente la tarjeta de identidad de extranjero (TIE) con el NIE; si no la tienen, el pasaporte en vigor.
  • El documento debe estar en vigor; uno caducado solo vale si aportas la solicitud de renovación.

Documentación de la vivienda

  • Título de propiedad: escritura, contrato de compraventa, nota del Registro, etc.
  • Contrato de alquiler vigente para vivienda habitual con el último recibo.
  • El ayuntamiento puede aceptar otros documentos (suministros de luz, agua…) o comprobar por otros medios, como un informe de la Policía Local, que vives allí.

El ayuntamiento solo puede pedir documentos para comprobar que los datos son ciertos: no juzga la propiedad ni el alquiler. Detalle en documentos para empadronarse.

Si ya hay otras personas empadronadas en la vivienda

En lugar del título de la vivienda, se te pedirá la autorización por escrito de una persona mayor de edad empadronada en ese domicilio, que a su vez tenga un título sobre la vivienda (propiedad, alquiler…).

Casos especiales

  • Establecimientos colectivos (residencias, centros de menores…), infraviviendas y personas sin domicilio, con reglas propias.
  • Víctimas de violencia de género, con un supuesto específico.
  • Los extranjeros no comunitarios sin residencia de larga duración deben renovar su inscripción cada dos años; si no, caduca.

Checklist para preparar el trámite