Trámite Estatal

Prestación nacimiento y cuidado menor

La prestación por nacimiento y cuidado de menor (antes maternidad y paternidad) cubre el permiso de cada progenitor tras un nacimiento, adopción, guarda o acogimiento.

Respuesta rápida

Desde la ampliación de julio de 2025 son 19 semanas por progenitor (32 en familias monoparentales): 17 en el primer año del bebé, con las 6 primeras obligatorias e ininterrumpidas tras el nacimiento, y 2 adicionales que se pueden disfrutar hasta que cumpla 8 años. Se pide al INSS en el portal Tu Seguridad Social (Cl@ve o certificado), en la plataforma sin certificado, por correo o en un CAISS con cita previa.

Duración

Si el nacimiento, adopción, guarda o acogimiento es desde el 31 de julio de 2025, se pueden pedir ya las 19 semanas. Para nacidos entre el 2 de agosto de 2024 y el 31 de julio de 2025, las dos semanas adicionales se pueden pedir con carácter retroactivo desde enero de 2026.

TramoCada progenitorFamilia monoparentalCuándo
Permiso principal17 semanas28 semanasPrimeros 12 meses; las 6 primeras, ininterrumpidas y a jornada completa tras el nacimiento
Semanas adicionales2 semanas4 semanasDe forma flexible hasta que el menor cumpla 8 años

Documentación

  • Solicitud de la prestación y documento de identidad de los progenitores (DNI, NIE o pasaporte).
  • Trabajadores por cuenta ajena: certificado de empresa con la fecha de inicio del descanso (si la empresa ya lo ha enviado, no hace falta).
  • Nacimiento: informe de maternidad del Servicio Público de Salud y libro de familia o certificado de inscripción en el Registro Civil.
  • Adopción o acogimiento: resolución judicial o administrativa y libro de familia o certificado de inscripción.

Para la inscripción, ver inscribir un nacimiento en el Registro Civil.

Cómo solicitarla

  • Online con certificado digital o Cl@ve en el portal Tu Seguridad Social.
  • Sin certificado, en la plataforma de trámites sin certificado del INSS.
  • Por correo a la Dirección Provincial del INSS (o del ISM).
  • En un CAISS con cita previa.

A la vez conviene dar de alta al bebé como beneficiario de la asistencia sanitaria de un progenitor y, después, pedir su tarjeta sanitaria en tu comunidad autónoma.

Checklist para preparar el trámite