Pueden pedirlo personas que viven solas desde los 23 años (con requisitos de vida independiente) y hogares cuya persona titular tenga al menos 23 años. Hace falta un año de residencia legal y efectiva en España y que los ingresos del año anterior estén por debajo de la renta garantizada. En 2026, una persona sola no puede tener un patrimonio neto, sin contar la vivienda habitual, de 26.409,60 € o más. Se solicita en la sede de la Seguridad Social; información en el 020.
Quién puede ser beneficiario
- Personas de al menos 23 años que viven solas o no se integran en una unidad de convivencia (con requisitos de vida independiente: dos años entre los 23 y 29 años; uno, a partir de los 30).
- Mujeres víctimas de violencia de género o de trata y explotación sexual.
- Jóvenes de 18 a 22 años que vienen de centros de protección de menores o son huérfanos absolutos y viven solos.
- Personas sin hogar.
- Unidades de convivencia: la persona titular debe tener al menos 23 años (antes, si tiene hijos o menores a cargo).
Requisitos principales
- Residencia legal y efectiva en España de forma continuada durante al menos el año anterior (no se exige a determinados menores ni a víctimas de violencia de género o trata).
- Vulnerabilidad económica: el promedio mensual de ingresos del año anterior debe ser inferior, al menos en 10 €, a la renta garantizada que corresponda.
- No superar los límites de patrimonio (sin la vivienda habitual) ni de activos no societarios.
- Ningún miembro puede ser administrador de derecho de una sociedad mercantil en activo.
Límites de patrimonio neto en 2026 (sin la vivienda habitual)
| Unidad de convivencia | Límite |
|---|---|
| Un adulto solo | 26.409,60 € |
| Un adulto y un menor / dos adultos | 36.973,44 € |
| Un adulto y dos menores / dos adultos y un menor / tres adultos | 47.537,28 € |
| Un adulto y tres menores / dos adultos y dos menores / tres adultos y un menor / cuatro adultos | 58.101,12 € |
| Resto de casos (máximo) | 68.664,96 € |
Cómo se solicita
- En el servicio «Ingreso Mínimo Vital» de la sede electrónica de la Seguridad Social.
- Antes de pedirlo, el simulador de la Seguridad Social te dice si cumples los requisitos y el importe aproximado.
- Teléfono de información sobre el IMV: 020.
- El derecho nace el primer día del mes siguiente a la solicitud y se mantiene mientras se cumplan los requisitos.
- Las familias con menores pueden recibir además el complemento de ayuda para la infancia.