Trámite Estatal

Prórroga de estancia por estudios

Si tienes una autorización de estancia por estudios y vas a seguir estudiando, puedes prorrogarla acreditando que continúas tus estudios.

Respuesta rápida

Pide la prórroga en los dos meses anteriores o en los tres meses posteriores a la caducidad, por medios electrónicos y dirigida a la Oficina de Extranjería de la provincia donde obtuviste la autorización inicial. Necesitas pasaporte con un año de vigencia, medios económicos, seguro de enfermedad, matrícula pagada en el centro y la tasa. Se resuelve en un mes; dura lo que el curso, máximo un año, con hasta dos prórrogas.

Plazo y forma

AspectoDetalle
CuándoDos meses antes o hasta tres meses después de la fecha de caducidad
CómoPor medios electrónicos, tú o un representante, en modelo oficial
A quiénOficina de Extranjería de la provincia de la autorización inicial
ResoluciónUn mes; silencio negativo
DuraciónLa del curso, con un máximo de un año; hasta dos prórrogas por autorización

Documentación

  • Pasaporte o título de viaje en vigor con al menos un año de vigencia.
  • Medios económicos para el periodo y el regreso (propios, de familiares, becas o ayudas).
  • Seguro de enfermedad.
  • Admisión en el centro de enseñanza superior o postobligatoria y pago de la matrícula.
  • Justificante de la tasa (modelo 790, código 012, según la Policía Nacional).

Después de la prórroga

En el mes siguiente a la notificación debes pedir en persona la TIE en la Policía de tu lugar de residencia: ver renovar la TIE.

La autorización inicial está en estancia por estudios y su formulario en el modelo EX-00. Si terminas y quieres hacer prácticas, ver el EX-04.

Checklist para preparar el trámite