Pide la prórroga en los dos meses anteriores o en los tres meses posteriores a la caducidad, por medios electrónicos y dirigida a la Oficina de Extranjería de la provincia donde obtuviste la autorización inicial. Necesitas pasaporte con un año de vigencia, medios económicos, seguro de enfermedad, matrícula pagada en el centro y la tasa. Se resuelve en un mes; dura lo que el curso, máximo un año, con hasta dos prórrogas.
Plazo y forma
| Aspecto | Detalle |
|---|---|
| Cuándo | Dos meses antes o hasta tres meses después de la fecha de caducidad |
| Cómo | Por medios electrónicos, tú o un representante, en modelo oficial |
| A quién | Oficina de Extranjería de la provincia de la autorización inicial |
| Resolución | Un mes; silencio negativo |
| Duración | La del curso, con un máximo de un año; hasta dos prórrogas por autorización |
Documentación
- Pasaporte o título de viaje en vigor con al menos un año de vigencia.
- Medios económicos para el periodo y el regreso (propios, de familiares, becas o ayudas).
- Seguro de enfermedad.
- Admisión en el centro de enseñanza superior o postobligatoria y pago de la matrícula.
- Justificante de la tasa (modelo 790, código 012, según la Policía Nacional).
Después de la prórroga
En el mes siguiente a la notificación debes pedir en persona la TIE en la Policía de tu lugar de residencia: ver renovar la TIE.
La autorización inicial está en estancia por estudios y su formulario en el modelo EX-00. Si terminas y quieres hacer prácticas, ver el EX-04.