En la página de modelos generales del Ministerio de Inclusión, el EX-04 figura como «Formulario autorización de residencia para prácticas». Lo firma y presenta la entidad de acogida, solo por la sede Mercurio, con la tasa 790-052 epígrafe 2.1.7. Es para quien obtuvo un título de educación superior en los dos años anteriores o lo está cursando. Se resuelve en 30 días y, sin respuesta, se entiende concedida.
Requisitos principales
- Título de educación superior obtenido en los dos años anteriores, o estar cursando estudios que conduzcan a él.
- Prácticas en el mismo campo y nivel que el título, dentro de un convenio de prácticas o un contrato de trabajo en prácticas.
- Sin contrato: medios económicos del 100 % del IPREM al mes (50 % si el alojamiento está pagado) y seguro médico.
- No tener antecedentes penales en España ni en los países de residencia de los últimos cinco años.
Presentación y plazos
Con contrato en prácticas, la autorización dura lo que el contrato. Si resides fuera de España necesitarás visado; después, la TIE en un mes desde la entrada (o desde la concesión si ya estás en España con estancia por estudios).
Tasa en modelo 790-052. Si vienes de estudiar en España, ver estancia por estudios.
| Aspecto | Detalle |
|---|---|
| Quién presenta | La entidad de acogida (pública o privada) |
| Dónde | Exclusivamente por la sede electrónica Mercurio |
| Tasa | 790-052 epígrafe 2.1.7, en 10 días hábiles |
| Resolución | 30 días; silencio positivo |
| Duración con convenio | La del convenio, máximo 12 meses; renovable una vez sin superar dos años |