Trámite Estatal

Autorización de regreso

Si tu residencia o estancia está en renovación o has perdido la TIE y pediste duplicado, la autorización de regreso te permite salir de España y volver durante un tiempo limitado.

Respuesta rápida

Se pide en persona en una Oficina de Extranjería o comisaría con el modelo EX-13 y la tasa 790-012 (10,72 €). Sirve si acreditas que has iniciado la renovación o prórroga de tu autorización, o si perdiste o te robaron la TIE vigente y pediste el duplicado. Vale hasta 90 días (desde la caducidad de tu autorización si la pides antes, o desde la concesión si la pides después), con entradas y salidas ilimitadas, pero solo para entrar por pasos fronterizos españoles.

Cuándo se puede pedir

  • Tu autorización de residencia o estancia está en renovación o prórroga y acreditas haber iniciado el trámite.
  • Tu TIE vigente se perdió, la robaron, se destruyó o se inutilizó, y acreditas haber pedido el duplicado.
  • Con una necesidad acreditada y razones excepcionales, también tras la resolución favorable de una autorización inicial.

Si el viaje responde a una situación de necesidad, se tramita con preferencia.

Vigencia

Durante esos 90 días puedes entrar y salir sin límite con un único documento, pero solo es válida para entrar por pasos fronterizos españoles.

Si la pides…Vigencia máxima
Antes de que caduque tu autorización90 días desde la caducidad
Después de la caducidad90 días desde la concesión

Cómo se pide

  • Personalmente, en cualquier Oficina de Extranjería o dependencia policial.
  • Formulario EX-13 y justificante de la tasa 790-012 (10,72 €).
  • Prueba de haber pedido la renovación o el duplicado de la TIE.
  • La concede la Delegación o Subdelegación del Gobierno o la Policía; si no hay respuesta, se entiende denegada.

Para renovar tu tarjeta, ver renovar la TIE y renovar la residencia.

Preguntas frecuentes

¿Puedo viajar si mi TIE está caducada y en renovación?

Para salir y volver necesitas la autorización de regreso, que acredita que estás renovando.

¿Cuánto cuesta?

La tasa 790-012 de autorización de regreso es de 10,72 €.

¿Puedo volver por otro país de la UE?

No: la autorización solo es válida para entrar por los pasos fronterizos españoles.

¿Cuántas veces puedo entrar y salir?

Sin límite durante su vigencia de hasta 90 días.

Checklist para preparar el trámite