En la página de modelos generales del Ministerio de Inclusión, el EX-23 figura como «Formulario solicitud de tarjeta (art 18.4 del Acuerdo de Retirada)». Con él, los nacionales británicos y sus familiares beneficiarios del Acuerdo piden en la Policía, con cita previa, la TIE art. 50 TUE. La tasa 790-012 es de 12 €.
Contexto: el Acuerdo de Retirada
- El Acuerdo de Retirada protege a los nacionales del Reino Unido y a sus familiares de terceros países que ya residían en España antes del 31 de diciembre de 2020.
- España optó por expedir, a petición, un documento que los identifica como beneficiarios del Acuerdo (artículo 18.4): la «TIE art. 50 TUE».
- Con la entrada en funcionamiento del Entry/Exit System, la TIE art. 50 TUE es el único documento que exime a los beneficiarios de los nuevos controles de frontera, por lo que el Ministerio recomienda pedirla cuanto antes.
Cuándo se usa
Si nunca tuviste certificado de registro, primero acredita tu condición con el EX-20 (británicos) o el EX-21 (familiares).
| Situación | Qué hacer |
|---|---|
| Ya tenías certificado de registro de la UE o tarjeta de familiar de ciudadano de la UE | Pedir directamente la tarjeta en la Policía, con cita previa |
| Nunca tuviste esa documentación | Acreditar en la Oficina de Extranjería, con cualquier prueba válida, que eres beneficiario; con la resolución favorable, pedir la tarjeta en la Policía |
| Llegaste a partir del 1 de enero de 2021 | Se aplica el régimen general de extranjería |
Tasa
12 € con el modelo 790-012. Más sobre la tarjeta en solicitar la TIE.