Modelo Estatal

Modelo 131

El modelo 131 es el pago fraccionado trimestral del IRPF de los autónomos que tributan por módulos (estimación objetiva).

Respuesta rápida

Se presenta del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y del 1 al 30 de enero el cuarto trimestre. Con carácter general, se paga el 4 % del rendimiento calculado con los datos-base a 1 de enero (3 % con un solo asalariado y 2 % sin asalariados).

Porcentaje según personal asalariado

Personas asalariadas (datos-base)Porcentaje
Ninguna2 %
De 0,01 a 13 %
Más de 14 %

Casos especiales

  • Actividades agrícolas, ganaderas y forestales: tienen su propio apartado, con un porcentaje del 2 % (reducible un 25 % para agricultores jóvenes o asalariados agrarios).
  • No están obligados los titulares agrícolas, ganaderos o forestales con al menos el 70 % de sus ingresos del año anterior sujetos a retención.
  • Actividades con deducción por rentas de Ceuta y Melilla (y, en el 3.º y 4.º trimestres de 2026, en La Palma): el porcentaje se multiplica por 0,4, según el Real Decreto-ley 23/2026.
  • Siempre se pueden aplicar porcentajes superiores, nunca inferiores.

Plazos

TrimestrePlazo
1.º, 2.º y 3.ºDel 1 al 20 de abril, julio y octubre
4.ºDel 1 al 30 de enero del año siguiente

Checklist para preparar el trámite