Modelo Estatal

Modelo 130

El modelo 130 es el pago fraccionado trimestral del IRPF de los autónomos en estimación directa (normal o simplificada).

Respuesta rápida

Lo presentan los autónomos en estimación directa cada trimestre: del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y del 1 al 30 de enero el cuarto. Se paga el 20 % del rendimiento neto acumulado desde el 1 de enero, menos los pagos y retenciones anteriores. Los profesionales con al menos el 70 % de sus ingresos del año anterior sujetos a retención no están obligados.

Quién lo presenta

  • Personas físicas con actividades económicas en estimación directa, normal o simplificada.
  • No están obligados los profesionales si, en el año anterior, al menos el 70 % de sus ingresos profesionales tuvo retención o ingreso a cuenta.

Cómo se calcula (actividades no agrícolas)

Ingresos menos gastos acumulados desde el 1 de enero hasta el final del trimestre. Se aplica el 20 % al resultado positivo y se restan los pagos fraccionados y retenciones de trimestres anteriores. Hay un porcentaje reducido para actividades con deducción por rentas de Ceuta y Melilla.

Plazos

TrimestrePlazo
1.º, 2.º y 3.ºDel 1 al 20 de abril, julio y octubre
4.ºDel 1 al 30 de enero del año siguiente

Cómo se presenta

  • Por internet con certificado electrónico o Cl@ve.
  • En papel generado con el servicio de impresión de la AEAT, cuando no se esté obligado a presentarlo electrónicamente.

Checklist para preparar el trámite