El 036 se presenta antes de empezar una actividad (alta), en el mes siguiente a cualquier cambio (modificación) y en el mes siguiente al cese (baja). Desde el 3 de febrero de 2025 el modelo 037 está suprimido y todo se hace con el 036. Las personas físicas tienen el servicio Censos WEB para el alta inicial, la baja o el cambio de domicilio.
Plazos
| Declaración | Plazo |
|---|---|
| Alta | Antes de iniciar la actividad o de que nazca la obligación de retener o ingresar a cuenta |
| Modificación | 1 mes desde el día siguiente al cambio |
| Baja | 1 mes desde el cese (6 meses desde el fallecimiento, la presentan los herederos) |
| Opciones o renuncias a regímenes especiales | Con carácter general, en diciembre del año anterior |
El 037 ya no existe
La Orden HAC/1526/2024 suprimió el modelo 037 (declaración censal simplificada). Desde el 3 de febrero de 2025, la simplificación se ofrece dentro del propio 036.
Cómo se presenta
- Por internet en la sede de la AEAT, o cumplimentándolo y obteniendo un PDF para imprimir.
- Censos WEB: servicio de ayuda para personas físicas (alta inicial, baja o cambio de domicilio fiscal).