Herramienta Estatal

Cuándo presentar modelo 210

Asistente para saber el plazo del modelo 210 del Impuesto sobre la Renta de no Residentes según el tipo de renta, con los cambios aplicables desde 2026.

Respuesta rápida

Depende de la renta. La venta de un inmueble se declara en los tres meses siguientes al primer mes desde la venta. La renta imputada de 2026 en adelante, del 1 de abril al 31 de diciembre del año siguiente. Los alquileres agrupados de 2026 en adelante, del 1 al 20 de abril del año siguiente. Otras rentas a ingresar, en los 20 primeros días de cada trimestre.

Plazos del modelo 210

Formas de presentación y pago en la ficha del modelo 210.

RentaPlazo
Venta de un inmuebleTres meses, una vez transcurrido un mes desde la venta
Renta imputada de 2025 o anteriorAño natural siguiente al devengo
Renta imputada de 2026 en adelanteDel 1 de abril al 31 de diciembre del año siguiente
Alquiler agrupado anual (2024 y 2025)Del 1 al 20 de enero del año siguiente
Alquiler agrupado anual (2026 en adelante)Del 1 al 20 de abril del año siguiente
Alquiler por separado devengado hasta septiembre de 202620 primeros días de abril, julio, octubre y enero
Alquiler por separado devengado desde octubre de 2026Del 1 al 20 de abril del año siguiente
Otras rentas a ingresar20 primeros días de abril, julio, octubre y enero
Cuota ceroDel 1 al 20 de enero del año siguiente
A devolverDesde el 1 de febrero del año siguiente, en cuatro años

Ejemplo de la Agencia Tributaria

Una persona residente en Noruega alquila desde julio de 2026 su vivienda en Alicante y declara cada renta por separado. Los meses de julio a septiembre de 2026 se declaran del 1 al 20 de octubre de 2026; los de octubre a diciembre, del 1 al 20 de abril de 2027.

Preguntas frecuentes

¿El alquiler se declara cada trimestre?

Desde los devengos de 2024 se puede agrupar anualmente; para 2026 en adelante el plazo anual es del 1 al 20 de abril del año siguiente.

¿Cuándo se declara la vivienda que no alquilo?

La renta imputada de 2026 en adelante, del 1 de abril al 31 de diciembre del año siguiente.