Trámite Estatal

Solicitar devolución de IVA

Si tu IVA deducible supera al repercutido, tienes un saldo a tu favor. Te explicamos cuándo puedes pedir su devolución, cómo funciona la devolución mensual y qué hacer con el IVA soportado en otro país de la UE.

Respuesta rápida

Por lo general, el saldo a tu favor se compensa en los periodos siguientes. En el último periodo del año (4T o mes 12) puedes seguir compensándolo el año siguiente o pedir su devolución en esa declaración. Para recibirla cada mes hay que inscribirse en el registro REDEME con la declaración censal. Para el IVA soportado en otro país de la UE se usa el modelo 360.

Qué vía te corresponde

Las autoliquidaciones periódicas se presentan con el modelo 303. Más modelos en modelos de IVA.

SituaciónVía
Saldo a tu favor durante el añoCompensarlo en los periodos siguientes
Saldo a tu favor en el último periodo (4T o 12)Compensarlo el año siguiente o pedir la devolución en esa declaración
Quieres la devolución cada mesInscribirte en el registro REDEME
IVA soportado en otro país de la UEModelo 360

Devolución mensual (REDEME)

Requisitos

  • Pedir la inscripción en plazo y por internet: casilla 129 del modelo 036, o casilla 12 del modelo 039 para grupos de entidades.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias.
  • No realizar actividades en el régimen simplificado.
  • No estar en un supuesto de baja cautelar en el registro o de revocación del NIF.
  • No haber sido excluido del registro en los 3 años anteriores.

Cuándo solicitarlo

Hay que permanecer al menos el año para el que se pidió la inscripción, o también el siguiente si se pidió durante el plazo de las declaraciones periódicas. Si pasan tres meses sin notificación expresa, se puede entender desestimada la solicitud.

  • En noviembre del año anterior a aquel en el que deba surtir efecto.
  • También durante el plazo de presentación de las declaraciones periódicas, con efectos desde el día siguiente al cierre de ese periodo.

IVA soportado en otro país de la UE

  • Lo usan los empresarios y profesionales establecidos en el territorio de aplicación del impuesto. Las empresas de Canarias, Ceuta o Melilla lo usan para el IVA soportado en ese territorio.
  • Se pide con el modelo 360, de forma obligatoriamente telemática.
  • El plazo termina el 30 de septiembre del año siguiente a aquel en que se soportaron las cuotas.

Ayuda de la Agencia Tributaria

Si tienes dudas sobre tu caso, la Agencia Tributaria ofrece un asistente virtual de IVA.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la devolución del IVA cada trimestre?

Por lo general, el saldo a tu favor se compensa en los periodos siguientes y la devolución se puede pedir en el último periodo del año. Para la devolución mensual hay que estar inscrito en REDEME.

¿Puedo inscribirme en REDEME si estoy en módulos?

No, si realizas actividades en el régimen simplificado de IVA.

¿Cómo recupero el IVA que pagué en otro país de la UE?

Con el modelo 360, por internet, como máximo hasta el 30 de septiembre del año siguiente a aquel en que se soportaron las cuotas.