Necesitas tener 52 años al agotar el paro o al quedarte en desempleo, haber cotizado por desempleo al menos seis años, cumplir los requisitos de la jubilación salvo la edad, carecer de rentas propias y estar inscrito como demandante de empleo. No pueden acceder quienes hayan cobrado la Renta Activa de Inserción, el cese de actividad o el subsidio extraordinario.
Requisitos que comprueba el asistente
- Tener 52 años en la fecha del hecho causante (agotamiento de la prestación o desempleo desde el 1 de noviembre de 2024).
- Haber cotizado por desempleo en España al menos seis años a lo largo de la vida laboral.
- Cumplir todos los requisitos, salvo la edad, para una pensión contributiva de jubilación.
- No haber percibido ni agotado la Renta Activa de Inserción, la prestación por cese de actividad o el subsidio extraordinario por desempleo.
- Cumplir la carencia de rentas propias al pedirlo y mientras se cobra.
Cuantía, plazos y documentación en subsidio para mayores de 52 años. Si te lo han retirado, ver me han quitado el subsidio de mayores de 52.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo se cobra?
Hasta la edad ordinaria de jubilación, mientras se mantengan los requisitos.
¿Cotiza para la jubilación?
Sí: el SEPE cotiza por jubilación mientras lo percibes. Ver la guía de cotización con el subsidio.
¿El asistente garantiza que me lo concedan?
No: es orientativo. Quien reconoce el subsidio es el SEPE tras revisar tu solicitud.