Necesitas un documento de identidad en vigor (DNI; el NIE del certificado de registro o el pasaporte si eres de la UE; TIE o pasaporte si eres de fuera) y un documento de la vivienda: escritura o nota del Registro si es tuya, o contrato de alquiler vigente con el último recibo. Si vives en casa de otra persona, su autorización por escrito y su título sobre la vivienda. Con menores, el libro de familia o certificado de nacimiento y, en su caso, el consentimiento de ambos progenitores.
Documentos de identidad
El documento debe estar en vigor: uno caducado solo se admite si aportas la solicitud de renovación.
| Persona | Documento |
|---|---|
| Española | DNI en vigor |
| De la UE, el EEE o Suiza | NIE del certificado de registro de ciudadano de la Unión o, en su defecto, documento de identidad o pasaporte de su país |
| De otros países | Preferentemente la TIE con el NIE; si no la tiene, el pasaporte en vigor |
Documentos de la vivienda
- Si es tuya: título de propiedad (escritura, contrato de compraventa, nota del Registro…).
- Si es de alquiler: contrato vigente para vivienda habitual y el último recibo.
- Otros: el ayuntamiento puede aceptar recibos de suministros o comprobar por otros medios (informe de Policía Local, inspección) que vives allí.
El ayuntamiento solo pide estos documentos para comprobar que vives en el domicilio, no para juzgar si tienes derecho a ocuparlo.
Si vives en casa de otra persona
Si ya hay personas empadronadas
Basta la autorización por escrito de un mayor de edad empadronado en el domicilio que tenga un título sobre la vivienda (propiedad, alquiler…).
Si nadie está empadronado (ejemplo de Valencia)
En Valencia, para inscribirte en una vivienda ajena se pide la autorización firmada y el documento de identidad del propietario (o del inquilino y del propietario si está alquilada), con la documentación de la titularidad. Si hay varios titulares, al menos de la mayoría.
Menores
- Libro de familia o certificado de nacimiento y, si lo tienen, su documento de identidad.
- Los menores no emancipados se empadronan con quien tenga su guarda o custodia; cambiar su residencia requiere el consentimiento de ambos progenitores o autorización judicial, salvo los supuestos previstos.
- Con custodia exclusiva o compartida, la resolución judicial o la declaración conjunta que corresponda.
Requisitos de forma
- En persona, originales o copias compulsadas.
- Documentos en otros idiomas, con traducción jurada (Valencia lo exige si no están en castellano o valenciano).
- Escaneados de documentos firmados electrónicamente: solo valen si incluyen código seguro de verificación (CSV), según Valencia.
- La hoja padronal la firman todas las personas que se inscriben (o sus representantes).
Preguntas frecuentes
¿Puedo empadronarme sin contrato de alquiler?
Sí, si una persona empadronada en la vivienda te autoriza por escrito, o si el ayuntamiento comprueba por otros medios que vives allí (suministros, informe de Policía Local…).
¿Me pueden negar el empadronamiento por no tener contrato?
El padrón refleja dónde vive cada persona. El ayuntamiento solo puede pedir documentos para comprobarlo, no para juzgar la propiedad o el alquiler.
¿Sirve el pasaporte para empadronarse?
Sí: a los extranjeros sin TIE se les admite el pasaporte en vigor; a los ciudadanos de la UE, su documento de identidad o pasaporte si no presentan el certificado de registro.
¿Qué necesito para empadronar a mi hijo?
El libro de familia o certificado de nacimiento y, si cambia de domicilio, el consentimiento de ambos progenitores o la resolución que corresponda.
¿Cuánto cuesta empadronarse?
Nada: la inscripción en el padrón es gratuita. Pasos en cómo empadronarse.