Cada 12 meses desde que nació tu subsidio (o desde la última reanudación), presenta la declaración anual de rentas con la documentación que las acredite, en los 15 días hábiles siguientes. Se hace como presolicitud en el Área Personal de la sede del SEPE (con PIN SEPE o certificado) o en una oficina de prestaciones con cita previa. Si no la presentas en plazo, el subsidio se suspende.
Plazo
- Cada vez que pasan 12 meses desde el nacimiento del subsidio o desde la fecha de efectos de su última reanudación.
- Tienes 15 días hábiles desde el día en que se cumplen esos 12 meses.
- Fuera de plazo, el subsidio se suspende.
Cómo presentarla
Para la cita, ver cita previa del SEPE.
| Canal | Cómo |
|---|---|
| Sede electrónica del SEPE | Área Personal › Gestiones › Presolicitud de prestación › Declaración Anual de Rentas para Subsidio mayores 52 años; con PIN SEPE o certificado; descargas el justificante |
| Oficina de prestaciones | Con cita previa por la sede o en el 919 267 970 |
Si has superado el límite de rentas
Si en la declaración comunicas (o el SEPE detecta) que en los 12 meses anteriores dejaste de cumplir la carencia de rentas, el subsidio se suspende desde ese momento y se reanuda cuando vuelvas a cumplirla; lo cobrado de más se regulariza.
Si no lo comunicas, el SEPE regulariza cuando lo conozca, te reclama lo cobrado indebidamente y puede abrir un procedimiento sancionador. Más en me han quitado el subsidio de mayores de 52.