Guía Estatal

Cuánto tarda últimas voluntades

Tras un fallecimiento hay que esperar 15 días hábiles para pedir el certificado de últimas voluntades. Te explicamos qué plazos publica el Ministerio de Justicia, cuáles no y cómo evitar retrasos.

Por BuscaTrámites

Respuesta rápida

No se puede pedir hasta pasados 15 días hábiles desde el fallecimiento. La sede del Ministerio de Justicia no publica un plazo concreto de expedición, ni por internet ni en persona o por correo. Una vez listo por internet, tienes 90 días naturales para descargarlo; después hay que volver a solicitarlo.

Los plazos que publica Justicia

Si el certificado no se puede expedir por vía electrónica, la sede indica que se te informará.

MomentoPlazo
Desde el fallecimiento hasta poder pedirlo15 días hábiles
ExpediciónLa sede no indica un plazo concreto
Descarga una vez disponible90 días naturales; después hay que volver a solicitarlo

Cómo evitar retrasos

  • Espera a que pasen los 15 días hábiles: antes no se puede presentar la solicitud.
  • Comprueba si puedes usar internet: solo si el fallecimiento es posterior al 2 de abril de 2009 y la defunción no está inscrita en un juzgado de paz.
  • Si no es tu caso, ten preparados el formulario 790 y el certificado literal de defunción para hacerlo en persona o por correo. En Madrid, en la calle Bolsa, 8, hace falta cita previa.
  • Guarda el justificante con el número de solicitud: lo necesitas para consultar el estado y descargar el certificado.

Todos los pasos están en cómo pedir el certificado de últimas voluntades.

Si es para usarlo en el extranjero

El certificado necesita legalización si va a surtir efectos fuera de España, así que cuenta con ese paso adicional.

Si lo necesitas de una persona viva

Es un trámite aparte, con Cl@ve por internet, y la sede no indica ningún plazo de espera para pedirlo. También se paga la tasa 006.

Qué hacer con el certificado

Indica si hay testamento y, si lo hay, dónde, cuándo y ante qué notario se otorgó. No es el testamento: ver diferencia entre el certificado de últimas voluntades y el testamento.

Preguntas frecuentes

¿Por qué hay que esperar 15 días hábiles?

La sede fija ese plazo, pero no explica el motivo. La solicitud no puede presentarse antes.

¿Se tarda menos por internet?

La sede no publica plazos de expedición por ninguna vía, así que no podemos afirmarlo.

¿Qué pasa si no lo descargo a tiempo?

Pasados 90 días naturales desde que está disponible, hay que volver a solicitarlo.

¿Tiene coste?

Sí, la tasa 006, que por internet se paga por la pasarela de la Agencia Tributaria. Ver modelo 790 código 006.