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Nacionalidad española

La nacionalidad española por residencia se pide al Ministerio de Justicia. Aquí tienes los pasos: la solicitud, la tasa del modelo 790 código 026 y la consulta del expediente.

Respuesta rápida

La nacionalidad por residencia exige, con carácter general, 10 años de residencia legal y continuada en España (5, 2 o 1 año en los casos que prevé el Código Civil). Se solicita en la sede del Ministerio de Justicia, se paga la tasa con el modelo 790 código 026 y después se puede seguir el expediente por internet.

Trámites

Los pasos del trámite

PasoQué esDónde
1. SolicitudNacionalidad por residencia: 10 años con carácter general; 5, 2 o 1 año en los supuestos del artículo 22 del Código CivilSede del Ministerio de Justicia
2. TasaModelo 790 código 026, un impreso por solicitud (no se puede fotocopiar)Sede del Ministerio de Justicia
3. SeguimientoConsulta de la fase del expediente con NIE, número y año del expediente y fecha de nacimientoConsulta telemática del Ministerio de Justicia

A tener en cuenta

  • La consulta del expediente no tiene valor de notificación.
  • Con la resolución de concesión notificada, puedes acceder al original electrónico del documento desde la consulta.