Trámite Estatal

Recurrir una multa de tráfico

Si no estás de acuerdo con una multa de la DGT, puedes presentar alegaciones y, si te la confirman, un recurso de reposición. Al alegar pierdes el descuento del 50 %.

Respuesta rápida

Tienes 20 días naturales desde el día siguiente a la notificación para presentar alegaciones, con el número de expediente de 12 cifras. Si después recibes la resolución y no estás conforme, tienes un mes para el recurso de reposición. Alegar supone renunciar al descuento del 50 %: si te la desestiman, pagarás el 100 %.

Plazos

MomentoQué puedes hacerPlazo
Recibes la denunciaPresentar alegaciones con las pruebas que quieras20 días naturales desde el día siguiente a la notificación
Recibes la resoluciónRecurso potestativo de reposiciónUn mes desde la notificación de la resolución
Vía judicialRecurso contencioso-administrativo (con abogado y procurador)Según la resolución

Dónde presentarlo

  • Por internet, con DNI electrónico, certificado o Cl@ve: solo te piden el número de expediente.
  • Por correo, a la Jefatura que tramita la multa o al Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas.
  • En persona, en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico, sin cita previa.
  • Fuera de internet, el escrito debe incluir el número de expediente, tus datos, las alegaciones y tu firma (la DGT ofrece un impreso).

Antes de decidir

  • Pagar con el 50 % de descuento supone renunciar a alegar.
  • Si la multa no se paga y queda firme, la cobra la Agencia Tributaria con un 20 % de recargo.
  • Si la multa es de un ayuntamiento o de una comunidad autónoma, el recurso se presenta ante ese organismo.

Checklist para preparar el trámite