Los permisos de la UE y el EEE (Islandia, Liechtenstein y Noruega) valen mientras estén en vigor, así que el canje es voluntario. Los de fuera solo valen seis meses desde que adquieres la residencia normal en España; para seguir conduciendo debes canjearlo, y solo es posible si hay convenio de canje con ese país. Si no lo hay, tienes que sacar el permiso español.
¿Tienes que canjearlo?
| Origen del permiso | Situación |
|---|---|
| UE o EEE | Válido mientras esté en vigor; canje voluntario (también inscripción, renovación o sustitución) |
| País con convenio | Válido 6 meses desde la residencia; después, canje obligatorio para seguir conduciendo |
| País sin convenio | Válido 6 meses desde la residencia; no se puede canjear: hay que obtener el permiso español |
Requisitos clave
- Ser residente en España y tener el permiso extranjero en vigor y válido; se entrega el original.
- No son canjeables los permisos obtenidos después de la firma del convenio si el titular ya era residente legal en España.
- Para algunos países el convenio exige pruebas adicionales; los permisos profesionales (C y D) normalmente las requieren.
- La DGT detalla requisitos y canales por país en su página de canjes.
Si no puedes canjearlo
Tendrás que obtener el permiso de conducir en España. Para pedir cita, ver cita previa en la DGT.