Trámite Estatal

Baja temporal de vehículo

La baja temporal deja el vehículo fuera de circulación durante un tiempo sin desguazarlo. Dura un año y se puede prorrogar.

Respuesta rápida

Se pide por internet (certificado, DNIe o Cl@ve), en la app miDGT o en una Jefatura con cita, pagando la tasa 4.1 de 8,67 € por cada baja o prórroga. Dura un año como máximo y se prorroga año a año, sin límite, en los dos meses anteriores al final. Si no se prorroga, el vehículo vuelve automáticamente a estar de alta. Por robo es gratuita y la tramita la policía.

Requisitos

  • El vehículo debe estar de alta.
  • Sin precinto, notificación de venta previa, duplicado por reforma pendiente, placa verde o titular fallecido.
  • Vehículos agrícolas: antes, baja en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de tu comunidad (y su baja temporal no caduca).

Duración y prórroga

  • Máximo un año; la prórroga añade otro año desde el final de la baja anterior, sin límite de prórrogas.
  • La prórroga se pide en los dos meses anteriores al fin de la baja.
  • Sin prórroga, el vehículo vuelve automáticamente a la situación de alta.
  • Para volver a usarlo, hay que darlo de alta.

Seguro e ITV

Durante la baja el vehículo no puede circular. Si está en la vía pública debe tener seguro e ITV en vigor; solo si lo guardas en una propiedad privada no son necesarios.

Checklist para preparar el trámite