Por BuscaTrámites
Primero comprueba si estabas obligado a declarar. Si lo estabas y presentas fuera de plazo sin que Hacienda te lo haya requerido, se aplica un recargo sobre lo que haya que ingresar: del 1 % al 12 % según los meses de retraso, y del 15 % a partir de 12 meses, con intereses de demora desde entonces. Ese recargo excluye las sanciones, y puede reducirse un 25 % en los casos que prevé la ley.
Comprueba primero si estabas obligado
No todo el mundo tiene que declarar. Revisa los límites en quién debe presentar la declaración de la Renta. Recuerda que quienes hayan estado de alta como autónomos y quienes cobren el Ingreso Mínimo Vital deben presentarla siempre.
Recargos si la presentas tarde sin requerimiento
Según la Agencia Tributaria, el recargo excluye las sanciones que pudieran exigirse. Hasta los 12 meses excluye también los intereses de demora devengados hasta la presentación.
| Retraso | Recargo sobre lo que haya que ingresar |
|---|---|
| Hasta 12 meses | 1 % más otro 1 % por cada mes completo de retraso, hasta el 12 % |
| Más de 12 meses | 15 %, más intereses de demora desde el día siguiente a esos 12 meses |
Reducción del 25 %
El recargo puede reducirse un 25 % en los casos y con los requisitos del artículo 27.5 de la Ley General Tributaria. Consulta ese artículo o a la Agencia Tributaria para comprobar si se aplica a tu caso.
Si Hacienda ya te lo ha requerido
Estos recargos se aplican cuando presentas sin requerimiento previo. Si ya has recibido una comunicación de la Agencia Tributaria, responde en el plazo que indique y consulta en ella cómo proceder, porque tu situación puede ser distinta.
Cómo se exige el recargo
La Agencia Tributaria inicia el procedimiento de oficio: formula una propuesta de liquidación, te da trámite de audiencia y, en su caso, liquida el recargo. Contra esa liquidación cabe recurso de reposición o reclamación económico-administrativa, en el plazo de un mes.
Si no puedes pagar de una vez
Puedes solicitar un aplazamiento o fraccionamiento. Para ver lo que tienes pendiente, consulta tus deudas con Hacienda. Las fechas de la campaña están en el modelo 100.
Preguntas frecuentes
¿Puedo presentar la Renta fuera de plazo?
Sí, la Agencia Tributaria contempla la presentación fuera de plazo sin requerimiento previo, con los recargos que correspondan sobre lo que haya que ingresar.
¿Cuánto es el recargo por presentar la Renta tarde?
Del 1 % al 12 % si el retraso es de hasta 12 meses, según los meses completos, y del 15 % a partir de ahí, más intereses de demora desde entonces.
¿Me pueden sancionar por presentarla tarde?
Si la presentas por tu cuenta sin requerimiento previo, el recargo excluye las sanciones, según la Agencia Tributaria. Si ya te lo han requerido, consulta tu caso.
¿Y si la Renta me salía a devolver?
Las páginas consultadas calculan el recargo sobre el ingreso y no detallan este caso. Consúltalo en la Agencia Tributaria.